“…La función de Cumplimiento Normativo supone un gasto que no nos podemos permitir, pero, no obstante, hemos de asumir como un coste sobrevenido o inevitable que nos viene dado para cumplir con la normativa vigente. En consecuencia, definamos cuales han de ser los menores esfuerzos posibles para ‘aprobar el examen’…”.

Esta frase u otra similar se podía extraer de la conversación que mantenía un día la alta gerencia y sus ejecutivos de una reconocida empresa a la hora de abordar los requerimientos de la implantación de la función de Cumplimiento Normativo en una organización, pero seguro que también existía la subordinada… “…ah… pero que esta función me permita dormir tranquilo todos los días…”.

No vamos a entrar a valorar el buen descanso de la gerencia de una organización (valor a preservar entre los preservables), pero si vamos a orientar o intentar devolver el gasto, no sólo en inversión, sino incluso en rentabilidad.

No es objeto de esta publicación desarrollar una entre los muchos medios de valoración de los beneficios del desarrollo de la función de Cumplimiento Normativo en una organización (medido en euros contantes y sonantes), sino la de abogar por el desarrollo de dicha actividad valorativa “sí o sí” a la hora de la implementación de la función de Cumplimiento Normativo (incluso como primer elemento a llevar a cabo).

No sólo la función de evitar sanciones, sino principalmente el retorno obtenido de otros elementos como: mejora de Calidad de procesos, aumento de la Transparencia, Conocimiento y Procedimientos, Homogeneización de métodos de trabajo, mejora de la Formación e incremento de la Motivación, mejora del Clima laboral, mejora de la Imagen exterior (proveedores y Clientes, incluso con la Administración), etc. generan retornos que podrían ser evaluados y cuantificados y cualificados sin muchos problemas.

¿Cómo?: Mediante el convencimiento a la organización, no mediante una implantación autoritaria. Mediante la cooperación, la implicación y participación de todos los miembros de la organización. Superando de esta manera las propuestas de una versión 2.0 para pasar directamente a un entorno de versión 5.0 (*).

Hemos de tener en cuenta en el proceso de implementación de la función de Cumplimiento Normativo en una estructura organizativa, que dada la complejidad de las empresas actuales se requiere una “transversalización” en todas las dimensiones para poder garantizar la efectividad de las medidas a poner en marcha.

En Resumen: definir, identificar, establecer y fijar una estructuración de los recursos más adecuados que determine y posibilite desarrollar las políticas a llevar a cabo y conseguir una implementación efectiva de procedimientos a la vez que garantice a la organización disponer del “ambiente” de prevención requerido en todas las estructuras de la empresa:

“Desde la especialización a través de la coordinación y de la cooperación”.

 “¿…y si al final de toda la implantación de la función de Cumplimiento Normativo nos proporciona un retorno inesperado? ¿Por qué hemos tardado tanto en poder dormir bien…sin necesidad de pastillas artificiales que sólo crean la adecuación del organismo y su dependencia…cuando la solución estaba en casa…?”

Entonces el recién designado Director de Cumplimiento Normativo solicitó la palabra para intervenir en el Consejo de Administración…

(*) En otro momento entraremos a detallar el concepto versión 5.0.