El pasado 12 de abril se publicaba la Ley 5/2021 para el fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas, la cual venía a transponer la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo.

El objetivo de la Directiva 2017/828 no era otro que el fomentar que los accionistas participen a más largo plazo en las sociedades cotizadas en las que invierten y conseguir así un desarrollo más sostenible; si no prima la presión por generar y distribuir beneficios financieros a corto plazo entre los inversores, las sociedades pueden establecer planes de estrategia corporativa dirigidos a objetivos no financieros que impacten directamente en los grupos de interés, la economía y la sociedad, en general.

La Ley 5/2021 está, en consecuencia, dirigida a aportar mejoras en el ámbito del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas en España.

Tan sólo 9 días después de esta publicación, el 21 de abril, la Comisión Europea ha hecho pública la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre informes de sostenibilidad empresarial, cuyas siglas de identificación son CSRD. Esta nueva propuesta nace de la persistente voluntad de la Comisión Europea de mejorar el flujo de dinero hacia actividades sostenibles en el marco de toda la Unión Europea, revisando así la anterior Directiva sobre información no financiera (Directiva 2014/95, también conocida como NFRD).

El limitado alcance subjetivo de la NFRD, que incluía únicamente a grandes entidades de interés público con un número promedio de empleados superior a 500 (entidades cotizadas, bancos y compañías de seguros), lo que en cifras se trasladaba a unas 11.600 empresas, puede dar paso a la implicación de unas 49.000 entidades pues el CSRD será de aplicación a todas las grandes empresas[1], ya sean cotizadas o no, y todas las empresas que cotizan en mercados regulados, incluidas las PYMES, con excepción de las microempresas cotizadas.

La Comisión Europea se ha dado cuenta que la NFRD establecía directrices no vinculantes que no han conseguido alcanzar el objetivo pretendido, que era mejorar la calidad de la información que las empresas debían divulgar. Así en esta revisión que está en proceso, la Comisión Europea pretende, según detalla en su Memorando Explicativo, “construir una economía que funcione para las personas”.

Según la propuesta las empresas objeto del CSRD deberán informar sobre:

  • El modelo de negocio y estrategia
  • Objetivos de sostenibilidad establecidos y los progresos realizados para alcanzarlos
  • El papel de los órganos administrativos, de gestión y gobernanza en relación con factores de sostenibilidad
  • Políticas en relación con los asuntos de sostenibilidad
  • Impactos negativos más significativos de la empresa en los factores de sostenibilidad
  • Descripción de los principales riesgos relacionados con asuntos de sostenibilidad y su gestión
  • La forma en que han identificado la información que se traslada.
  • En algunos casos, información sobre la cadena de valor de la empresa, como operaciones, productos y servicios de la empresa, relaciones comerciales y cadena de suministro.

Toda esta información deberá proporcionarse como parte del informe de gestión mediante informes digitales, estableciéndose también la obligación de una auditoría sobre la información proporcionada, como requisito de garantía limitada.

Nos queda un largo pero firme camino hacia una economía sostenible, la Ley 5/2021 es sólo un peldaño, pero vendrán muchos más. Y es que la transición a un sistema económico y financiero sostenible está en auge, y está sostenibilidad no sólo pasará por adoptar estrategias corporativas de protección al medio ambiente y sobre aspectos sociales, sino por supuesto por fomentar desde las áreas de gobernanza de las empresas, una mayor cultura ética y de cumplimiento normativo, con especial foco en los riesgos de corrupción pública y privada y de blanqueo de capitales.

[1] Grandes empresas se definen como empresas que superan al menos dos de los siguientes criterios en la fecha del balance: (i) balance total 20 MM euros, (ii) Ingresos netos 40 MM euros y (iii) número medio de empleados durante el ejercicio 250.