Realice los cambios antes del 31 de octubre de 2020
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha actualizado la Guía sobre el uso de las cookies para adaptarla a las Directrices sobre consentimiento modificadas en mayo de 2020 por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).
Esta modificación se ha realizado para esclarecer esencialmente dos aspectos:
- Ya no es válida la opción de “seguir navegando” como forma de prestar el consentimiento por parte de los usuarios del sitio web;
- Respecto a los conocidos “muros de cookies” (limitación de acceso a determinados servicios o contenidos de la web dependiendo de si el usuario acepta o no el uso de las cookies), la Guía no permite utilizarlos si no hay alguna alternativa al consentimiento, ya que éste no sería considerado otorgado libremente.
Por ello, la Guía explicita que no podrán utilizarse los denominados “muros de cookies” que no ofrezcan una alternativa al consentimiento. Este criterio resulta especialmente importante en aquellos supuestos en los que la denegación de acceso impediría el ejercicio de un derecho legalmente reconocido al usuario, por ser, por ejemplo, el acceso a un sitio web el único medio facilitado al usuario para ejercitar tal derecho.
La AEPD ha establecido un periodo transitorio que finaliza el 31 de octubre de 2020 para llevar a cabo los cambios necesarios en los mecanismos de obtención del consentimiento para el uso de cookies que se estén utilizando en la web.
Recuerde que la web o app debe disponer de un aviso legal, política de privacidad y política de cookies actualizada.
Si tiene alguna consulta al respecto o quiere que le asesoremos personalmente para actualizar su política de cookies, no dude en ponerse en contacto con nosotros.